El principio rector de proporcionalidad que gobierna la sanción disciplinaria
“Si te portas mal serás sancionado”
Este principio enseña que la misma debe corresponder a la gravedad de la falta cometida; y el mismo queda inmerso en la legalidad; aquí al disciplinado no le es dado ninguna tarea discrecional y no hay lugar a atenuar o agravar la sanción.
Sea contraproducente e irrazonable el que como consecuencia de una sanción por el incumplimiento de obligaciones resulten algunos intereses particulares perjudicados, pues dentro del marco de su libertad de configuración normativa, el legislador puede, dentro de ciertos límites, anteponer el bien público.
Las responsabilidades son de tipo civil, penal, administrativa o disciplinaria. La persona que es culpable de un hecho punible –delito o falta- por ejemplo, es sancionado a penalizado según el ordenamiento legal vigente. En materia civil, cada vez que una persona debe reparar el perjuicio o daño sufrido por otra, supone la obligación de responder patrimonialmente por el daño causado derivado de un “hecho ilícito”. Este último viene dado por una conducta antijurídica y culpable que le ocasiona un daño a otro. En el seno familiar, en la sociedad actual son muchos los expertos que promueven una lucha que antaño ni siquiera se planteaban: los niños no aprenden mejor si se les castiga; donde el adulto pueda adquirir y desarrollar comprensión, “exige que los cuidadores y padres sean amables a la vez que firmes”. García (2018).
Los economistas coinciden en que las sanciones de Estados Unidos no son responsables del declive de la economía venezolana. De acuerdo con un estudio de la Institución Brookings y de la Universidad de Harvard (en inglés), “al analizar varios resultados socioeconómicos en Venezuela a lo largo del tiempo, se observa claramente que el peso del deterioro de las condiciones de vida ocurrió mucho antes de que las sanciones fueran aplicadas en 2017”.
Para Marco Aponte-Moreno, entrevistado en bbc.com “Los embargos son una herramienta de política exterior diseñada para presionar a gobiernos corruptos a cambiar su comportamiento cortándoles el flujo de efectivo. La economía de Venezuela ya está quebrada. Es demasiado tarde para hacer eso en Venezuela. Después de años de mala administración y corrupción del gobierno de Maduro, la economía de Venezuela está en ruinas, sostiene el entrevistado.
¿Pero cuáles son las obligaciones que a criterio de los EEUU ha incumplido Venezuela para merecer ser sancionado o embargo económico?
1º «Abusos de los derechos humanos, encarcelando a los miembros de la oposición que fueron elegidos democráticamente y reprimiendo en forma violenta la libertad de expresión».
«Le he pedido al presidente Tribunal Supremo de Justicia y a la presidenta de la Asamblea Nacional Constituyente que se inicie un juicio histórico por traición a la patria a todos los que han pedido estas sanciones económicas que han sido tomadas y que dañan nuestra vida económica», dijo el presidente en cadena obligatoria de radio y televisión”. 25 agosto 2017.
2º Torpedear a la Asamblea Nacional para el ejercicio de sus competencias constitucionales.
3º «Constituyente ilegítima». La Casa Blanca explica la medida por «la decisión del régimen de crear una Asamblea Constituyente ilegítima —y, más recientemente, de que ese órgano usurpe los poderes de la Asamblea Nacional que fue elegida en forma democrática—».
4º Desacato o incumplimiento de dictamen de los organismos multilaterales americanos, en materia de derechos humanos (COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS).
5º Las vulneraciones al principio de separación de poderes del Estado que ha vivido Venezuela en los últimos años. OEA, 31 diciembre 2017.
Enrique López Alfonzo
Periodista Venezolano Independiente
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